Recibió más años de sentencia
La sentencia condenatoria para Edwin David R. I., como autor del femicidio de Dayana Aracelly S. N., aumentó de 14 a 26 años, así lo decidió la Sala Penal de Corte Provincial de Justicia de Tungurahua, luego de que la Fiscalía fundamentara que la sentencia de primera instancia no debía considerar atenuantes a favor del sentenciado.
En la audiencia de apelación a la sentencia, el Fiscal de la causa, afirmó que ante el Tribunal de Garantías Penales se demostró la materialidad del delito y la responsabilidad del procesado y solicitó a la Corte, considerar las agravantes del tipo penal establecidas en el artículo 142, numerales 1, 2 y 4, ya que Edwin David R. I. estableció una relación con la víctima, mantuvo un noviazgo y arrojó el cuerpo de Dayana Aracelly S. N. en un lugar público.
La Sala Penal aceptó el recurso de apelación planteado por Fiscalía y revocó la sentencia de primer nivel, incrementando la pena para el procesado.
El crimen sucedió en octubre del 2022. Luego de una discusión, Dayana Aracelly S. N., bloqueó sus redes sociales a Edwin David R. I. Sin embargo, en horas de la tarde accedió a encontrarse con el hoy sentenciado en unas canchas del sector de Huachi Grande, con el fin de solucionar el altercado.
Minutos más tarde, la llevó a empujones hacia su casa, lugar donde continuaron discutiendo. En ese contexto, le brindó un jugo de mora en el que habría disuelto veneno.
Tras estos sucesos, la mujer estuvo reportada como desaparecida durante dos días. Agentes de la Dirección de delitos contra la vida (Dinased) hicieron varias entrevistas que también alcanzaron a Edwin David R. I., expareja sentimental de la víctima.
Aquí confesó haber causado la muerte de su exnovia, cuyo cuerpo fue trasladado hasta un sector periférico de la parroquia Calpi, en Chimborazo. Luego enterró a la víctima en un bosque conocido “Bosque de Pino”.
El hoy sentenciado acompañó a los agentes a recuperar el cuerpo e inmediatamente fue aprehendido. Fiscalía formuló cargos por su presunta responsabilidad en el delito de femicidio, autoría que fue demostrada en la audiencia de juzgamiento, con la práctica de pruebas como: el informe de la autopsia médico-legal practicado a la víctima, donde se concluyó que la muerte violenta fue causada por envenenamiento.
También se presentaron testimonios de los peritos que levantaron los informes del levantamiento de cadáver, el investigativo del agente policial designado, los testimonios de los agentes aprehensores, de la pericia de audio y video de cámaras privadas aledañas a la casa del investigado, en la que se observa que la víctima fue ingresada a la fuerza.
El delito de femicidio está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de 22 a 26 años. (I)