Utilidades para empleados y trabajadores / Editorial
Cada año, por disposición legal, las empresas privadas deben entregar utilidades a todos sus empleados y trabajadores, en los porcentajes señalados, tomándolas de la totalidad generada en el año respectivo. Esta modalidad se la mantiene desde hace muchos años; estas utilidades son un aporte valioso a la economía de las familias.
Precisamente, en estos días de abril, tiene que realizarse este reparto de utilidades anuales, en el quince por ciento que se divide, el diez por ciento para la totalidad de los servidores y el cinco por ciento en función del número de cargas familiares que justifique el beneficiario. De alguna manera podría entenderse que esta entrega dividida ha de servir para estimular a las familias integradas por cónyuges e hijos menores de edad.
El gobierno anterior, con criterio más bien demagógico antes que técnico y justo, fijó límites al monto de las utilidades a que tienen derecho los empleados y trabajadores privados. Esta incongruencia jurídica fue apelada ante la Corte Constitucional, cuya Resolución ha demorado varios años, sin explicación alguna. Por presión de los perjudicados y con el cambio de Gobierno, dictó el fallo a través del cual se declara la inconstitucionalidad de la resolución correísta. Durante los años que ha demorado el fallo, los trabajadores fueron privados del dinero a que tenían derecho.
Las utilidades generadas, cuando existen condiciones para el desarrollo de las actividades empresariales, ayudan a los trabajadores y sus familias. (O)