Domicilio Electoral y Cedulacion / Editorial
Todos los ciudadanos ecuatorianos nos encontramos inscritos en los padrones electorales que nos permiten ejercer el derecho y la obligación de elegir y ser elegidos para dignidades públicas. Esta inscripción señala el domicilio electoral al que debemos sujetarnos.
En la práctica puede darse el caso de que el ciudadano tiene que cambiar el domicilio para vivir en otro lugar Ante esta realidad la Ley prevé el derecho de que las personas acudan al Tribunal Electoral para solicitar el cambio de domicilio en los padrones electorales. Existen plazos para ejercer este derecho.
Por otra parte, la cedulación en el Registro Civil debe realizarse con la oportunidad del caso, tanto para obtener la cédula por primera ocasión como para renovarla. Las autoridades respectivas hacen la invitación a que las personas cumplan con este derecho con el tiempo necesario.
Es necesario pedir a la gente que abandone para siempre la mala costumbre de dejar para los últimos momentos la realización de los cambios de domicilio o de obtención de la cédula con el correteo y con la presión a los empleados, con quejas y denuncias.
Además, el Consejo Electoral debe agilitar la depuración del padrón electoral que, como se ha denunciado en múltiples ocasiones, adolece de deficiencias que inciden en los resultados electorales. Es hora de garantizar la transparencia y la pureza del proceso electoral, respetando la libre voluntad del elector. De esta manera se evitará dudas y comentarios que afectan a la institucionalidad democrática. (O)