Afiliados al IESS reciben auxilio funerario
El pago o reembolso en dinero por servicios funerarios ante el fallecimiento del pensionista de jubilación, montepío y del afiliado es un beneficio que otorga el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
El plazo para reclamar el derecho al auxilio para funerales caduca en un año contado desde la fecha del fallecimiento del afiliado.
Este auxilio puede otorgarse mediante las prestadoras externas de servicios funerarios acreditadas por el IESS (10 en Tungurahua) o solicitando el reembolso en dinero.
Se cubren gastos de cofre mortuorio, servicios de velación, carroza, servicio religioso, costos de inhumación o cremación, de arrendamiento o compra de nicho, columbario o cenizario.
Los pasos para este trámite son: comunicar inmediatamente el fallecimiento del jubilado o pensionista de montepío al IESS en las unidades del Sistema de Pensiones a Nivel Nacional o mediante la página Web (http://www.iess.gob.ec).
Si ingresa a la plataforma en Internet, debe seleccionar la opción ‘Afiliado’ y luego el botón ‘viudez y orfandad’ donde podrá hacer la solicitud de auxilio de funerales ingresando el número de cédula de identidad del fallecido y llenando el formulario correspondiente con la información solicitada.
El sistema le informará sobre toda la documentación que deberá presentar en las unidades de atención al público de las direcciones provinciales o unidades de pensiones. (I)