Movilidad restringida / Editorial
Las autoridades nacionales y locales han tomado varias medidas para evitar una propagación acelerada del COVID-19. La principal decisión ha sido restringir la movilidad de la población. Se ha declarado en estado de excepción todo el territorio ecuatoriano y se ha ordenado toque de queda por un lapso de horas al día.
La declaratoria de estado de excepción no tiene únicamente consecuencias respecto a la libertad de movilidad, también otorga facultades exorbitantes al gobierno central. Por el otro lado, el toque de queda tiene como principal consecuencia legal la restricción total de movilidad de los ciudadanos.
La decisión acerca del lapso de horas del toque de queda le corresponde exclusivamente al gobierno central, es decir, las autoridades locales solamente pueden sugerir otros horarios. La última disposición es que el toque de queda sea desde las catorce horas hasta la cinco de la mañana. Por el otro lado, de cinco de la mañana a dos de la tarde solamente se puede salir de la casa para comprar alimentos o medicinas.
Es fundamental que los ecuatorianos acaten las disposiciones de las autoridades nacionales y locales. El COVID-19 es un virus que puede llegar a ser letal, no es una simple gripe. Hay que quedarse en casa y evitar que más personas resulten contagiadas. (O)