Guías deben actualizar credenciales
El Ministerio de Turismo informó que los guías naturalistas que obtuvieron las credenciales con vigencia en el periodo 2011 a 2017, podrán realizar el proceso de actualización de credencial.
Esta disposición tiene base legal en el Reglamento de Guianza Turística publicado en Registro Oficial No. 343 con fecha 03 de diciembre de 2020 mediante el cual su Disposición Transitoria Primera que menciona: Una vez que el reglamento sea publicado en el Registro Oficial, todos los profesionales que cuenten con licencia de guía conforme la clasificación anterior, deberán actualizar su credencial e información requerida, en el plazo de seis meses.
La Dirección Zonal 6 brinda asesoría sobre el tema en las oficinas técnicas de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi y Pastaza.
Este cumplimiento del Reglamento está dirigido a los Guías Naturalistas 1, 2 y 3. Trámite que se debe realizar mediante el Sistema Siete: siete.turismo.gob.ec. (I)