Ratifican condena para sentenciado por estafa masiva
La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua rechazó el recurso de apelación, presentado por la defensa de Diego Geovanny A. T., y ratificó la sentencia condenatoria de siete años de prisión, como autor directo en el delito de estafa contra 47 personas, quienes desde el 2007 entregaron altas sumas de dinero para supuestas reservas de bienes inmuebles.
También se confirmó el pago de nueve mil dólares de multa y que se devuelva el dinero entregado a cada una de las 47 víctimas del hecho, acorde a los montos y al listado señalado por la perita contable.
En la audiencia de apelación a la sentencia, el fiscal del caso señaló que, en primera instancia, se demostró la materialidad y la responsabilidad del sentenciado, con abundante prueba testimonial, documental y testimonial, que dan cuenta de que las víctimas entregaron entre mil y 47.000 dólares.
Eso se corroboró con la presentación de las tablas de amortización de los préstamos bancarios que hicieron para cumplir con la entrega del dinero. Además, las pericias grafotécnicas permitieron determinar que las firmas encontradas corresponden a las del sentenciado y su hermano.
La Sala Penal de la Corte Provincial acogió el pedido de Fiscalía ratificando la sentencia condenatoria de Diego Geovanny A. T.
Este proceso penal obtuvo resultados mucho después del cometimiento del delito, ya que se encontraba prófugo de la justicia, a diferencia de su hermano, Daniel Renato A. T., –también implicado en el caso, quien ya fue sentenciado en el 2020.
Según lo informado en la audiencia, en el 2007, los hermanos Daniel Renato y Diego Geovanny A. T. abrieron un local inmobiliario, ubicado en la avenida Víctor Hugo y calle Arosemena, en Ambato, con el nombre de “Inmobiliaria Imperio”.
Su modo de operar consistía en buscar inmuebles que estaban en oferta, dentro de la provincia, para venderlos. Sus trabajadores captaban a los dueños de los inmuebles para suscribir un contrato, con el fin de que la inmobiliaria se encargue de las ventas por medio de publicidad en diferentes medios de comunicación.
Las víctimas (ciudadanos que buscaban una vivienda o terreno propio) acudían a la inmobiliaria para solicitar la reserva del inmueble y entregaban sumas de dinero. Sin embargo, tiempo después lo perdían por presuntos incumplimientos, ya que sus contratos incluían cláusulas fraudulentas.
El delito de estafa está tipificado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal y se sanciona con una pena privativa de libertad de cinco a siete años. (I)