Sentenciado a 34 años por delito de asesinato
Franyer Jesús C. M. fue sentenciado a 34 años con ocho meses de pena privativa de la libertad, luego que Fiscalía demostrara su responsabilidad en el delito de asesinato, ante el Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua.
En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso demostró la materialidad del delito y la participación del procesado, con la presentación de los testimonios de los peritos que realizaron el reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de evidencias, entre estas dos vehículos, dos armas de fuego de tipo sub ametralladora, dos balas calibre nueve milímetros, dos vainas, dos terminales móviles, un cartucho calibre 12, indicios balísticos y terminales móviles.
A ello se sumó el protocolo de la autopsia médico-legal practicada a la víctima, misma que determinó una muerte violenta causada por cuatro disparos; también la extracción de información de cámaras de seguridad públicas y privadas aledañas al sector donde ocurrió el hecho, en las imágenes se observa al hoy sentenciado disparar en contra de la víctima.
Los hechos se registraron en la madrugada del 27 de enero del 2023, cuando la víctima se encontraba libando en el sector de Letamendi, junto con un par de amigas. A ese lugar llegaron dos vehículos de donde se bajaron varias personas, quienes sometieron a la víctima y se lo llevaron.
Luego de pocos minutos, los amigos del hombre escucharon varios estruendos que, según la investigación, Franyer Jesús C. M. disparó a la víctima. La Policía Nacional llegó al lugar y se produjo un enfrentamiento armado que permitió que los atacantes huyeran del lugar.
Por medio de verificación de fuentes y revisión de cámaras de seguridad, fue aprehendido en delito flagrante en su domicilio. En el lugar se encontraron las evidencias que lo vincularon de forma directa con la escena del crimen, como las armas de fuego y balas que coincidieron con aquellas que se fijaron en el lugar de los hechos y las sustraídas del cuerpo de la víctima.
El asesinato está tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de la libertad de 22 a 26 años. En este caso se aplicaron circunstancias agravantes tipificadas en el artículo 47, numerales 1 y 7 del mismo cuerpo legal. (I)