Procesado por contacto de finalidad sexual

Policiales, Seguridad

Las unidades judiciales mantienen la investigación pertinente. (Foto El Heraldo)


Con base en los elementos de convicción presentados por Fiscalía, Juez Multicompetente del cantón Píllaro dictó prohibición de salida del país y presentación periódica, los lunes, miércoles y viernes–, para Stalin Mauricio M. C., por su presunta participación en el delito de contacto con finalidad sexual con menores de 18 años de edad, por medios electrónicos. La instrucción fiscal durará noventa días.

Stalin Mauricio M. C. fue capturado el pasado fin de semana, ya que en su contra pesaba una boleta de detención para garantizar su comparecencia en la audiencia de formulación de cargos.

En la diligencia, el Fiscal del cantón relató que los hechos empezaron en el 2021. Cuando la víctima de 15 años habría conocido al hoy procesado en una fiesta, a partir de la cual entablaron una amistad y posterior relación sentimental.

El ahora procesado, que a la fecha de los hechos tenía 21 años, se ganó la confianza de la adolescente, a quien empezó a exigir a través de presiones y manipulaciones, fotografías de carácter sexual por medio de una aplicación de mensajería instantánea (WhatsApp).

La victima accedió y envió sus fotografías por varias ocasiones, hasta que Stalin le propuso que mantengan relaciones sexuales.

La víctima se negó y al terminar la relación sentimental, el hoy procesado empezó a amenazar a la adolescente con publicar sus fotografías, lo que no quedó en amenazas, ya que lo habría hecho en diferentes redes sociales, junto con mensajes en los que supuestamente ofertaba servicios sexuales de la adolescente.

Según la investigación, Stalin Mauricio M. C. creó varias páginas y grupos de WhatsApp a nombre de la víctima con el fin de difundir las fotografías en su institución educativa, solicitando de cinco a 30 dólares por este contenido.

Dicho contenido llegó a manos de la madre de la adolescente, quien presentó la respectiva denuncia en Fiscalía para el inicio del proceso penal.

La Fiscalía Multicompetente de cantón Píllaro investigó el caso y durante casi un año recabó los suficientes elementos de convicción que sustentaron la formulación de cargos en contra del procesado.

Fiscalía inició este proceso penal con base en el artículo 173, inciso tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de contacto con finalidad sexual con menores de 18 años por medios electrónicos, con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. (I)

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