Sentencia ratificada de 22 años por la violación
La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Arturo Alejandro G. M. y le ratificó la sentencia de 22 años de pena privativa de libertad y el pago de 5.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima.
El Fiscal de la causa manifestó que en primera instancia, el Tribunal de Garantías Penales valoró de manera correcta todas las pruebas, mismas que llevaron a encontrar culpable a Arturo Alejandro G. M.
Los hechos investigados por Fiscalía ocurrieron en el 2021 en el cantón Ambato. En el domicilio familiar, el ya sentenciado obligaba a su hija, de 13 años de edad, a mantener relaciones sexuales con él, amenazándola: si contaba a alguien lo que ocurría, le haría lo mismo a su hermana.
En el 2022, la madre de la víctima fue citada por la Unidad Educativa en la que la víctima estudiaba, ya que había sido encontrada ingiriendo bebidas alcohólicas con sus compañeras.
Al preguntarle por qué lo hacía, ella reveló los hechos perpetrados por su padre, por lo que acudieron a Fiscalía para presentar una denuncia y se inició la investigación contra el agresor.
En la audiencia de juicio, Fiscalía demostró la materialidad del delito y la responsabilidad del hoy sentenciado, con base en pruebas periciales, documentales y testimoniales, como el informe médico ginecológico practicado a la agraviada, el informe psicológico y de entorno social, certificaciones que demuestran que el procesado es padre de la víctima, los testimonios anticipados de la adolescente y de los peritos que practicaron las diligencias solicitadas por la Institución, entre otras.
El delito de violación está tipificado en el artículo 171, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (I)