Campañas y vídeos crearán conciencia en el pasajero
El artículo 390 de la Ley de Tránsito establece una multa del 15% (57.90 dólares) del salario básico unificado al conductor que no exija el uso del cinturón de seguridad a los pasajeros y menos 4.5 puntos en la licencia de conducir.
Los conductores están obligados a exigir a sus pasajeros el uso del arnés de sujeción. Los vehículos desde el 2011 que no poseen cinturones de seguridad, serían suspendidos.
Shirley Rivera, presidenta de la Federación Nacional de Transporte Turístico del Ecuador, comentó que el usuario aún no posee la educación de utilizar los cinturones de seguridad, pese a ello, los pedidos son constantes en cada recorrido.
Los socios de la federación trabajan en la creación de vídeos informativos para anunciar la importancia de utilizar los cinturones de seguridad.
“Como choferes vamos a ser sancionados por un pasajero que no utilice el cinturón y parece que esto no es legal. No podemos estar pendientes de los usuarios y del recorrido a la vez. Hace falta una revisión de la ley, ya que la sanción también debería estar dirigida al pasajero”, señaló Ramiro Villalba, gerente de la Compañía de Turismo ‘Villaltours’.
El jefe de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) Ambato, José Luis Vásconez, aseguró que la campaña ‘Guardianes del Camino’ es permanente y promueve el uso del cinturón de seguridad, por lo tanto “no tenemos fecha de finalización de la difusión; sin embargo, las sanciones se aplicarán culminado el período de difusión”, expresó.
El conductor de taxis, Miguel Carvajal, señaló que hasta noviembre se explicará sobre el uso obligatorio del cinturón.
Los agentes de Tránsito tienen la disposición de difundir el uso correcto y si el vehículo no posee los cinturones en los asientos posteriores, tienen la responsabilidad a adecuar e incluir lo dispuesto en Ambato. (I)