Concienciación a conductores 

Ciudad

La Dirección de Tránsito Transporte y Movilidad del GADMA lleva adelante campañas informativas sobre las consecuencias y riegos que conllevan el irrespeto a las Normativas de Tránsito vigentes a nivel nacional y su cumplimiento por parte de los Agentes Civiles de Tránsito.

Informó sobre las sanciones de conducir bajo los efectos del alcohol establecidas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), que en su artículo 385 establece que: “La persona que conduzcan un vehículo en estado de embriaguez, será sancionado de acuerdo a la siguiente escala:”

1.- De 0.3 a 0.8 g/lt, multa de 1 Salario Básico Unificado (SBU), menos 5 puntos en la licencia y 5 días de pena privativa de libertad.

2.- Mayor de 0.8 hasta 1.2 g/lt, multa de 2 Salario Básico Unificado (SBU), menos 10 puntos en la licencia y 15 días de pena privativa de libertad.

3.- Superar 1.2 g/lt, multa de 3 Salario Básico Unificado (SBU), suspensión por 60 días de la licencia de conducir y 30 días de pena privativa de libertad.

Para el transporte público liviano o pesado, comercial o de carga, la tolerancia es 0, un nivel máximo de 0.1 g/lt, contempla la pérdida de 30 puntos en la licencia de conducir y 90 días de pena privativa de libertad.  En todos los casos como medida preventiva se aprende el vehículo por 24 horas. 

Beber y conducir puede tener consecuencias fatales, no solo arriesgas tu vida, sino la de los demás. Si vas a tomar, no manejes, opta por un conductor designado o un transporte seguro. Tu responsabilidad salva vidas, sostuvo la dirección municipal. (I)

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