Confinamiento y toque de queda para 16 provincias
Luego de un diagnóstico sobre el aceleramiento e incremento de la transmisibilidad del Covid-19, los representantes del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional exhortaron al Gobierno Nacional el confinamiento en 16 provincias, donde está incluida Tungurahua.
Juan Zapata, presidente del COE Nacional, aseguró que el estado de excepción sería de 28 días desde las 20:00 del 23 de abril hasta las 23:59 horas del 20 de mayo.
Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumbíos son las 16 provincias que ingresarían al confinamiento.
Adicionalmente, no se permitiría la movilidad de personas y vehículos a través del toque de queda de lunes a jueves desde las 20:00 hasta las 05:00 horas del día siguiente.
El teletrabajo será obligatorio tanto para el sector público como para el privado. Las clases presenciales continúan suspendidas.
Los hospitales del sector público, como del sector privado, mantienen sus Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) copadas y las listas de espera tienen en riesgo a la población.
El impacto en las distintas esferas de las nuevas variantes del Covid-19, ha generado saturación de ocupación hospitalaria, escasez de insumos médicos y medicamentos por falta de oferta a nivel global, inconductas ciudadanas, datos de defunciones e incidentes y alteración al orden público.
Se exceptúan de las restricciones, aquellos servicios productivos, estratégicos, emergencias, provisión de alimentos, medios de comunicación, plataformas digitales, deliverys, sector financiero, funcionarios de la Corte Constitucional, construcción y turismo, industria manufacturera, agrícola y agroindustrial.
Para efectos de acreditar la circulación durante el estado de excepción, los documentos válidos son credencial profesional o institucional, RUC, RISE o Guía de remisión, pasajes del titular o tickets de embarque, turno para vacunación y cita médica verificable.
Se deja sin efecto los salvoconductos emitidos por los gobiernos autónomos descentralizados de las 16 provincias indicadas, así como se prohíbe la emisión de nuevos salvoconductos.
Para la circulación vehicular fuera del horario del toque de queda se sugiere la implementación de la libre circulación de vehículos privados sin restricción de placa.
El COE Nacional en coordinación con los COE cantonales regulará y articularán el control del aforo del transporte público cantonal, con un máximo del 50% de ocupación.
Mientras que, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) deberá regulará el aforo del transporte intra e inter provincial al 75% de ocupación y reducir al 50% sus frecuencias.
Se permitirá su circulación fuera del horario del toque de queda hasta llegar a su destino para vehículos con rutas que tengan viajes nocturnos de más de seis horas y siempre que partan de terminales terrestres antes del toque de queda.
Se sugiere limitar el aforo al 30% en establecimientos de atención al público de las 16 provincias, con la finalidad de evitar aglomeraciones que propaguen el contagio. (I)