Control a establecimientos de faenamiento
La Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad) realiza labor de supervisión en los centros de faenamiento de la provincia, respaldada por estrictas resoluciones y manuales de procedimiento para asegurar la calidad e inocuidad de los productos cárnicos que llegan al consumidor final.
Para el cumplimiento de estas normativas, Agrocalidad se ampara en la Resolución N°123, que contiene el Manual de Procedimientos para la Regulación y Control de Origen de Productos y Subproductos Cárnicos, así como en la Resolución N°197, que establece el Manual de Procedimiento para la vigilancia y Control de la inspección Ante y Post Mortem de Animales de Abasto en Mataderos.
Los centros de faenamiento deben cumplir con una serie de requisitos, incluyendo la ubicación de instalaciones alejadas de sitios de contaminación, infraestructura sólida con superficies lisas e impermeables para facilitar la limpieza, corrales de recepción y cuarentena con abrevaderos de agua, y la verificación de la guía de movilización para el ingreso de animales.
Además, se establecen tiempos mínimos de reposo y ayuno para los animales antes de la faena, supervisados por un médico veterinario, quien también realiza inspecciones exhaustivas tanto ante como post mortem. Se prohíbe el faenamiento de animales enfermos o bajo tratamiento veterinario, y se requiere la presencia de un sistema de aturdimiento para evitar el estrés en los animales.
La inspección post-mortem implica una revisión detallada de los tejidos para detectar posibles lesiones, con la posibilidad de rechazo parcial o total de la canal u órgano en caso de encontrar anomalías.
El transporte de productos cárnicos debe realizarse en vehículos certificados por Agrocalidad, mientras que cada centro de faenamiento debe informar su capacidad de faenamiento diario y horarios de operación. (I)