Controlan propagandas y campañas anticipadas
La Delegación Provincial Electoral de Tungurahua (CNE) desarrolla su accionar con base en la Ley Orgánica Electoral; como también, en el Reglamento para el Control de la Propaganda o Publicidad y Promoción Electoral, señaló la directora provincial, Lorena Ramos.
Con respecto a la campaña anticipada o precampaña se considerará a todo acto tendiente a difundir o utilizar propaganda o publicidad, y artículos promocionales electorales, de manera directa e indirecta a favor de una persona como candidato a alguna dignidad de elección popular o a determinada opción de democracia directa, que se realice previo al inicio de la campaña electoral, así lo tipifica el Artículo Seis del Reglamento para el Control de la Propagando o Publicidad y Promoción Electoral.
De acuerdo al Artículo Siete respecto a la Propaganda o Publicidad Electoral no Autorizada: “El Consejo Nacional Electoral o sus Delegaciones Electorales en su jurisdicción, una vez verificada la existencia de propaganda o publicidad en prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias, sin autorización del Consejo Nacional Electoral, suspenderá o retirará la misma de manera inmediata”.
“Se pondrá en conocimiento del Tribunal Contencioso Electoral el respectivo expediente, adjuntando las evidencias necesarias para los fines legales correspondientes”. (I)