Dos sentenciados por estafa
Acogiendo los elementos probatorios presentados por Fiscalía, Juan Pablo V. S., y Verónica Alegría C. M. fueron sentenciados por un Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua a cinco años de pena privativa de libertad como autores directos del delito de estafa: causaron un perjuicio de 12.000 dólares a sus víctimas.
El fallo incluye una multa y una reparación integral de ocho mil dólares a favor de a los agraviados.
En la audiencia de juicio, el fiscal de Patrimonio Ciudadano, Raúl Recalde, relató que los hechos ocurrieron en febrero del 2020, cuando los ya sentenciados ofrecieron a sus víctimas la posibilidad de trabajar en una empresa, aduciendo relaciones muy estrechas con la gerencia de dicha institución.
Sin embargo, para entrar a la empresa, Juan Pablo V. S. y Verónica Alegría C. M. les solicitaron sus hojas de vida y la cantidad de 12.000 y 6.000 dólares por un puesto de jefe de choferes, con un sueldo de 2.000 dólares y 6.000 dólares para asistente de personal, con un sueldo de 2.500 dólares al mes.
Las víctimas entregaron lo solicitado, sin haber obtenido respuesta alguna de lo prometido. En junio del 2020, los sentenciados solicitaron 1.500 dólares más para que los trámites avanzaran con celeridad, pero bloquearon a las víctimas y dejaron de responder sus llamadas.
Fiscalía demostró la materialidad del delito y la responsabilidad de los sentenciados con pruebas como: testimonios, certificados bancarios de transferencias, certificados de crédito de las víctimas, el reporte telefónico que determinó que se mantuvieron conversaciones, la explotación de los teléfonos celulares de la víctimas, en la que se registran como contactos a los hoy sentenciados, entre otros.
El delito de estafa está tipificado en el artículo 186, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (I)