EDITORIAL /¿QUIÉN ASUME LA RESPONSABILIDAD?

Editoriales, Opinión

El pasado viernes 10 de marzo, el presidente del Consejo Nacional de la Judicatura, Dr. Wilman Terán Carrillo puso en evidencia la verdadera situación en la que se encuentra la justicia en nuestro país, denunciando públicamente que las trece personas detenidas en el operativo “Sigilo 25”, en el que, desde varios sectores se estaba acusando que la autoridad jurisdiccional que conoció la causa, los habría infamemente liberado.

Según el Dr. Terán, esto habría sucedido porque la o el representante de la Fiscalía General del Estado no presentó los elementos suficientes para que el juzgador dicte prisión preventiva contra 2 de los en ese momento imputados, existiendo incluso posibles violaciones a los procedimientos establecidos para tal efecto en la ley.

Además de poner también en evidencia el hecho de que las infracciones por las cuales se habría procesado a 9 aprehendidos por los delitos de ocultamiento de objetos robados y porte de armas, es improcedente la prisión preventiva, solicitando entonces que los otros actores, la Fiscalía General del Estado y la Policía Nacional realicen un trabajo eficiente en defensa de las víctimas y la ciudadanía en general.

Horas después, la Fiscalía General del Estado emite un comunicado con el que intenta de una u otra manera justificar el hecho de no contar con elementos suficientes, para que el juzgador dicte prisión preventiva, mencionando que se realizaron dos audiencias, la primera, contra tres personas en la que Fiscalía formuló cargos contra dos por el delito de extorsión, pese a que el parte policial llegó,  “20 minutos antes de que venciera la flagrancia e iniciara la audiencia”, razón por la cual la Fiscal no pudo sustentar adecuadamente la solicitud de prisión preventiva.

Con relación a la segunda audiencia de calificación de flagrancia, la Fiscalía General del Estado, menciona que el parte policial llegó,  “4 minutos antes de que venciera la flagrancia e iniciara la audiencia”, razón por la cual se formuló cargos contra 5 personas, debido a que el Fiscal de turno, “tampoco pudo sustentar adecuadamente la solicitud de prisión preventiva”; y, florón florón de mis manos ya pasó.

En definitiva, estamos ahora a la espera de las justificaciones de la Policía Nacional, del porqué los partes informativos “documentos que sirven para que Fiscalía evalué el grado de participación de cada uno de los imputados”, llegó 20 minutos en el un caso y 4 minutos en el otro, antes de instalarse las respectivas audiencias.

Aplaudo sin duda la actitud del Dr. Wilman Terán Carrillo, por haber puesto en evidencia los verdaderos viacrucis jurídicos con los que los abogados en libre ejercicio, casi siempre debemos enfrentar, además de poner en evidencia la poca o nula coordinación que existe entre Fiscalía General del Estado y la Policía Nacional, algo que definitivamente nos hace ver la verdadera importancia de que la máxima autoridad del Consejo de la Judicatura provenga de los Jueces y no de la política,  pero… ¿Quién asume la responsabilidad?        

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