Ética profesional del Abogado / Andrés Jaramillo Torres

Columnistas, Opinión



Aprovecharé mi última columna de este año para poner en relieve un aspecto que me preocupa en relación al ejercicio de la abogacía, con el fin de que la situación que expondré a continuación a futuro disminuya y en el mejor de los casos se erradique. 

Los jueces enfrentan un problema sistemático: las actuaciones de los abogados contrarias a la buena fe y lealtad procesal. Hay personas que inmersos en un conflicto solicitan a su abogado que interponga acciones legales sin base jurídica, utilizando el aparato jurisdiccional con el oculto anhelo de llevar a cabo un juicio malicioso. 

En esencia, el ejercicio de la abogacía es una función social, que debe ejercerse con probidad, al servicio de la justicia y con estricta sujeción al derecho.  Consecuentemente, es deber de los abogados no patrocinar a clientes que manifiestamente busquen activar a los órganos de la función judicial indebidamente. Es contrario a la ética profesional que el abogado preste su servicio para entorpecer el aparato judicial y satisfacer los fines perversos de algunos clientes. 

Si bien el abogado debe actuar conforme los intereses de su cliente, jamás esos intereses pueden ser superiores a los valores de honradez, veracidad y lealtad procesal. Un abogado que entiende el sentido de la justicia y respeta el derecho, no se atrevería a actuar sin sujeción a la ley. Por ello, cuando un cliente solicita a su abogado que opere con deslealdad procesal, este está en la responsabilidad de no hacerlo.

Es de conveniencia de los abogados cortar relación con clientes que quieren utilizarlos para litigar de forma abusiva, temeraria, maliciosa y con artimañas. A estos clientes no les importa tergiversar el sistema de justicia para salir favorecidos, y tampoco les importa las consecuencias jurídicas que un litigio de mala fe puede implicar para su abogado, esto puede llegar a ser incluso la suspensión del ejercicio profesional.

El correcto desempeño de la función judicial, como mecanismo de resolución de conflictos regulado por el Estado, depende en gran medida de la actuación proba de los abogados y su colaboración con los jueces. Por ello, es una exigencia social que los abogados siempre ejerzan su profesión apegados a derecho y los valores de lealtad procesal. Si no es así, la razón de ser de la abogacía se pierde.  (O)

andres.jaramillotorres@gmail.com

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