La dolarización y la moneda / Luis Fernando Torres
Al fugado rey francés Luis XVI le reconoció un ciudadano cuando contrastó su rostro con el que aparecía en la moneda metálica de uso común. La cara del rey en la moneda sirvió para traerlo de vuelta a París y, poco tiempo después, para llevarlo a la guillotina. Tan importante era la moneda que no podía faltar el rostro del monarca. Actualmente, sólo la anciana reina Isabel de Inglaterra goza de ese privilegio, al igual que algún otro rey europeo.
La moneda metálica apareció en el siglo VII a.c. en Grecia. A partir del siglo XII comenzó a circular la moneda de papel en España y, en el siglo XVI, se popularizó en Suecia. La moneda metálica de oro o plata tenía valor en sí misma. La moneda de papel no tenía valor por sí misma sino por la firma de quienes la habían emitido.
Ahora, las monedas metálicas y de papel no tienen un valor intrínseco. Lo perdieron todo cuando desapareció el patrón oro. Su valor proviene de la confianza y de la solidez de las economías en las que se emiten. El Bolívar venezolano carece de valor, a diferencia del dólar estadounidense y el euro. Los pesos argentinos tienen algún valor, nada más.
El dólar, sea en metálico o en billete, es una moneda dura. La Reserva Federal estadounidense lo emite, en un país con una capacidad ilimitada para endeudarse. Si bien el dólar se deprecia anualmente, existe tal confianza en el billete verde que, al menos en Latinoamérica, la gente prefiere dólares a su moneda local.
La Ley de Defensa de la Dolarización, que está debatiéndose en la Asamblea, tiene la finalidad de aislar al Banco Central de las aventuras monetarias para que no se debilite la dolarización con la emisión de dólares ficticios, llamados ecuadólares, que no existen en moneda metálica ni en billete sino en simples asientos contables. En las reservas del Banco Central deberían figurar 11.000 millones de dólares y solamente existen 5.000 millones. Los 6.000 millones restantes se encuentran en asientos contables y en papeles ilíquidos.
Hubiera sido suficiente que la Ley se limitara a consagrar los cuatro balances del Banco Central para proteger la dolarización. Sin embargo, se incorporaron asuntos burocráticos, con nuevas entidades monetarias y financieras, con los que se desvirtúa la esencia de la norma. Si se poda debidamente la Ley, dejando sólo lo de los balances, se habrá hecho un gran aporte a la defensa de la dolarización.