LA INDEPENDENCIA DE LAS FUNCIONES DEL ESTADO / Paúl Viteri Albán
Si bien es cierto, la Constitución de la República contempla específicamente cuáles son las funciones del estado, su especial independencia, además de las atribuciones que cada una de ellas tiene en el ejercicio de sus actividades, en la actualidad lamentablemente vemos con mucha preocupación que esto no sucede; incluso a pesar, de lo indispensable y saludable que esto resulta para mantener la hegemonia democrática y evitar el que se cometan posibles abusos de poder.
Resulta, que en un primer momento contamos con la evidente ingerencia por parte del gobierno en la Asamblea Nacional, teniendo como principal protagonista a una Presidenta, cuyo único fin fue, el deteriorar desde dentro la imagen de la mencionada función del estado; y, que termina destituida por un evidente incumplimiento de funciones denunciado por el Asambleísta Esteban Torres representante de la provincia de Tungurahua.
De igual forma, resulta irrebatible el hecho de que a partir del sorpresivo y chamánico nombramiento del alterno Ulloa en la presidencia del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, al primer mandatario Guillermo Lasso se le terminaron las ganas de desaparecer a dicha función de estado; esto a pesar, de que esa fue una de sus innumerables ofertas de campaña que tampoco ha cumplido.
Ahora, como si todo lo anotado ¡no fuera suficiente para nuestra débil institucionalidad!, resulta que al Presidente Lasso sin observar lo dispuesto en el artículo 179 de la Constitución de la República, se le ha ocurrido retirar la delegación (que no está contemplado en la ley) y solicitar la renuncia de un vocal del Consejo de la Judicatura, aduciendo no sentirse representado por el infortunio; y, exponiéndose a recibir senda respuesta de este, donde aparte de prácticamente acusarlo de tratar de ingerir en la justicia, le responde que tampoco se siente representado por el primer mandatario y más bien le sugiere renuncie si no puede cumplir lo ofertado en campaña.
Resulta indispensable entonces que nuestro Presidente deje de pelear con todo el mundo, debido a que alguien le debe aclarar que la Asamblea Nacional, El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la Función Judicial y él Consejo Nacional Electoral no son el Departamento Jurídico de su banco, donde el puede tomar decisiones y jamás ser cuestionado, sino más bien, cumpla con la saludable independencia de funciones que dispone la Constitución de la República.