La norma no siempre refleja justicia / Mario Fernando Barona
La mañana del 11 de junio del 2021 el cabo segundo de policía Santiago Olmedo transitaba de civil junto a otros compañeros en un vehículo de la Dinased por Riobamba, capital de Chimborazo. Estaban de paso de Guayas a Quito cuando fueron testigos de un asalto en la calle a un menor de edad. Olmedo no dudó en actuar, persiguiendo a toda carrera a los asaltantes para luego darles muerte a dos de ellos con varios disparos de su arma de dotación.
Siete meses después, prevaleció la versión de la Fiscalía y Olmedo es sentenciado a una pena de privación de libertad de tres años más cuatro meses, a pagar una indemnización de diez mil dólares por cada fallecido y una multa de diez salarios básicos. Se lo condenó por extralimitación en la ejecución de un acto de servicio. La defensa de Olmedo niega categóricamente lo actuado por la Fiscalía y advierte que apelará la sentencia.
Ni usted ni yo estamos en capacidad de juzgar lo que pasó porque no sabemos a ciencia cierta cuál versión es la verdadera. Así que, para efectos didácticos, en esta columna vamos a hacer juntos un ejercicio de suposición echándole todo el peso de la responsabilidad al ahora sentenciado, aceptando así que todo lo que él afirma en su declaración es falso, y que efectivamente el cabo Olmedo es culpable por inobservar el uso progresivo de la fuerza.
Ahora bien, planteo esta suposición del peor escenario al policía acusado, para partiendo de ahí señalar dos cosas: 1) Lo único cierto, seguro e innegable es que su vocación de servicio le impulsó a bajarse inmediatamente del carro, arriesgar su propia vida enfrentándose a delincuentes armados y actuar en defensa de una víctima de asalto, es decir, hizo lo que solo un policía valiente, comprometido y responsable podía y debía hacer. 2) Anclados en la premisa del numeral uno, -que por sí sola debiera ser un hecho que garantice, de requerirlo, protección procesal posterior y consecuentemente un elemento decidor que lo libere de cualquier responsabilidad-, qué interesante habría sido que el juez redactase esa misma sentencia condenatoria con un original, inteligente y aleccionador añadido final, más o menos como el siguiente: “La presente nota final a la sentencia la hago en calidad de servidor judicial, pero sobre todo como ecuatoriano que busca que las leyes y sus interpretaciones sean más humanas. Esta sentencia responde a un irrestricto respeto al estado de derecho, sin embrago, en lo personal creo que no siempre la norma necesariamente refleja justicia, por eso hago votos porque los entes encargados reformen urgentemente las leyes que, como en este caso, perjudican a excelentes servidores públicos, lesionando además la confianza de la ciudadanía en la justicia. Finalmente, espero también que, como lo ofreció, el presidente de la República Guillermo Lasso, indulte al sentenciado lo antes posible.” (O)