La vacuna no puede ser obligatoria. Punto / Juan Diego Valdivieso Rowland
Ahora inicio con una serie de columnas sobre el tema del momento: la “vacunación contra el Covid-19”. En esta ocasión abordaré lo más importante y trascendental, que es el atentado a la libertad individual que implican las desvergonzadas propuestas de autoridades locales en Ecuador.
No soy un experto en Derecho Constitucional ni pretendo serlo. Sin embargo, después de realizar investigaciones, análisis y recabar puntos de vista a lo largo de los últimos meses, puedo afirmar que es inconstitucional aplicar tratamientos científicos experimentales, como la vacuna y a su vez, restringir el libre tránsito. Por lo pronto la vacunación no es obligatoria como tal, pero a través de anuncios amenazantes, las autoridades asustan a la gente para que se aplique el “biológico”.
A mediados de julio, la alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri mencionó que “Nos vamos a tener que ver en la obligación de exigir el carné de vacunación, segunda dosis, para entrar a centros comerciales públicos y el transporte público”.
Sin ninguna desfachatez, la alcaldesa anunció que “el carné de vacunación será el ‘pase’ para salir de casa”. Sus declaraciones me causan zozobra e incertidumbre ante mi decisión de no vacunarme, por varias razones. Viteri no puede impedir a los ciudadanos la libre circulación, la libertad de escoger cómo cuidar su salud ni el acceso a servicios como el transporte público.
Viteri pretende implementar esto en octubre. Cantones como Tisaleo y Azogues ya piden el dichoso certificado para ingresar a las dependencias municipales. A partir del 9 de agosto, en Loja, los mayores de 16 años deberán presentar el certificado de vacunación para ingresar a los diferentes negocios, es decir, supermercados, centros comerciales, mercados y otros locales de ventas.
¿Mi primera reacción ante esto? #BoicotGuayaquil #BoicotAzogues #BoicotTisaleo #BoicotLoja.
Las actuales vacunas son parte de un experimento científico a gran escala, que se lleva a cabo con la venia de la mayoría de los gobiernos. Ninguna vacuna contra el Covid-19 ha sido aprobada por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA). Fíjese en la palabra “aprobada”, porque la FDA únicamente ha “autorizado el uso de emergencia” de las vacunas. No ha aprobado a ninguna.
Fuentes médicas consultadas aseguran que pasarán años para poder salir de estas vacunas de emergencia. “Ninguna me parece segura ni buena. Si uno se vacuna sigue siendo bajo el riesgo de aplicarse un tratamiento experimental. Dentro de estas, me parece que la más confiable es Sinovac porque es una de las más tradicionales. La más experimental es la Pfizer BioNtech”, indicaron.
¿Comprende usted, estimado lector que decidió vacunarse y que espero haya sido en libertad y de manera informada, que se aplicó un tratamiento experimental?
Por eso, permítanme leerles la Constitución de la República del Ecuador, distinguidas autoridades locales, y de paso nacionales, por si se les ocurre obligar a la población a vacunarse. El numeral 3, inciso d del artículo 66 del capítulo sexto sobre los Derechos de libertad “Reconoce y garantizará a las personas: La prohibición del uso de material genético y la experimentación científica que atenten contra los derechos humanos”.
Con este antecedente, nadie puede obligarle a vacunarse y peor aún restringir libertades básicas de elección, como el numeral 10 del mismo art. 66, donde la Constitución “reconoce y garantizará a las personas el derecho a tomar decisiones libres, responsables e informadas sobre su salud y vida reproductiva (…)”.
Asimismo, el numeral 14 del art. 66 garantiza “el derecho a transitar libremente por el territorio nacional”. Por otro lado, el art. 394 menciona que “El Estado garantizará la libertad de transporte terrestre, aéreo, marítimo y fluvial dentro del territorio nacional, sin privilegios de ninguna naturaleza. (…)”.
En mis próximas columnas expondré otros recursos legales que puede alegar si una autoridad o su jefe le obliga a vacunarse. Como un deber de objetividad, también hablaré sobre el argumento de que “no existen derechos absolutos, todos pueden limitarse, pero de manera proporcional”. (O)