Revocatoria de mandato / Editorial
La legislación ecuatoriana ha establecido la norma mediante la cual una Autoridad, que ha sido electa por votación popular, pueda ser revocada en su mandato, durante la segunda parte de su periodo, cuando se encuentra en el desempeño de sus funciones.
Existen varios casos, en la historia del país, sobre la aplicación de este derecho que tiene el pueblo para revocar el mandato popular de un Funcionario. En estos últimos años, se han dado algunas revocatorias, principalmente de Alcaldes de pequeños cantones en donde las disputas políticas son más frecuentes, en muchos casos con ribetes de ciertos intereses personalistas o de pequeños grupos políticos.
Obviamente, para plantear una revocatoria de mandato deben existir causales trascendentales, que están contempladas en la propia Ley. No puede tener sustento en caprichos políticos, en enemistades personales, en ambiciones de quienes tengan derecho a suceder y que creen llegada su hora, ni en desquite de aquellos que no lograron acceder en las urnas electorales.
En estos días están en marcha dos procesos de revocatoria de los Alcalde de Loja y de Quito, el primero se encuentra adelantado y en poco tiempo puede ser convocado el pueblo lojano para acudir a las urnas a expresar, libremente, su voluntad. En el caso de Quito recién ha comenzado el proceso y aun no se conoce si será declarado procedente.
Lo importante en estos casos es no quebrantar, ilegalmente, la institucionalidad, ni abrir las puertas a caprichos o ambiciones políticas o personales, que pueden estar tras bastidores. (O)