Tisaleo: Tres sentenciados por homicidio culposo
Con base en la pruebas expuestas por Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales sentenció a tres años de pena privativa de libertad a Patricio B. R., exvicealcalde del cantón Tisaleo, Jorge Luis P. P., organizador del evento y a Fredy Hernán M. V., propietario de los graderíos desmontables, como autores directos del homicidio culposo de tres personas, tras el colapso de unos graderíos durante una competencia automovilística de 4×4, en el 2017.
El fallo también incluye una reparación integral a favor de las víctimas mortales de 85.000 dólares y 15.000 dólares para cada uno de los heridos. Además, los jueces ratificaron el estado de inocencia de otras tres personas.
Durante varios días de audiencia de juicio, la fiscal del cantón Quero, Rocío Zambrano, demostró la materialidad del delito y la responsabilidad de los sentenciados con prueba documental, testimonial y pericial, entre las que se incluyen: el reconocimiento médico–legal de las personas lesionadas, las autopsias de las víctimas, que determinaron que la muerte fue causada por aplastamiento, tras el colapso de la estructura donde se encontraban.
Además, Fiscalía presentó el informe de inspección ocular técnica, el reconocimiento del lugar de los hechos, las copias certificadas de la ordenanza del cantón Tisaleo, los testimonios de los procesados y de exautoridades. Asimismo, se expusieron pruebas documentales que involucra a los responsables de la organización del evento, del montaje de los graderíos y demás temas logísticos.
El hecho se registró el 10 de diciembre del 2017, en medio de una competencia automovilística de 4×4, organizada por los sentenciados en el barrio ‘Santa Teresita’ del cantón Tisaleo. Para que los asistentes puedan presenciar el evento, se instalaron graderíos de estructura metálica, sin que exista el permiso para hacerlo.
Al iniciar la competencia, los graderíos instalados comenzaron a tambalear hasta derrumbarse completamente, causando la muerte de tres personas y más de 50 heridos, varios de ellos presentan lesiones permanentes y discapacidades.
El homicidio culposo está tipificado en el artículo 145, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (I)