Tungurahua con 425 jubilados por invalidez

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Médicos realizan el examen para determinar si aplica la solicitud. (Foto El Heraldo)

La jubilación por invalidez es una opción para los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y garantiza las prestaciones y servicios de la seguridad social a sus afiliados.

En Tungurahua se registran 425 jubilados por invalidez. Mediante el Sistema de Pensiones, recuerda a los afiliados que por enfermedad o por alteración física o mental pueden aplicar a la jubilación por invalidez.

Para acceder a esta prestación, el afiliado activo debe contar con un mínimo de 60 imposiciones, de las cuales, seis, como mínimo, deben ser inmediatamente previas y consecutivas a la incapacidad para todo trabajo.

El afiliado que se encuentre cesante, podrá acceder al trámite de jubilación por invalidez, cuando su incapacidad para laborar se presente dentro de los dos años siguientes al cese en su trabajo; para ello, debe tener un mínimo de 120 imposiciones mensuales.

El proceso para acceder a esta modalidad de jubilación, empieza con el ingreso de la solicitud en la página web institucional: www.iess.gob.ec, en la sección Servicios en Línea/ ASEGURADOS-PENSIONISTAS/JUBILACIÓN/JUBILACIÓN POR INVALIDEZ. 

De manera automática, el sistema le generará una orden de examen médico, que debe imprimirla. En un plazo de tres días, recibirá una llamada o un mensaje de texto al número de celular registrado, mediante el cual le informará el nombre de la unidad médica a la que debe acudir para la cita programada.

Con la orden de exámenes médicos, el usuario debe acercarse a la unidad médica asignada, en donde el Médico Calificador de Incapacidad revisará el estado de salud del paciente y, posterior, se procederá a generar las consultas con los especialistas, quienes a su vez, lo valorarán y emitirán un informe del estado de salud del solicitante.

El Comité Nacional Valuador (CNV) estudia, analiza y resuelve cada caso y, de acuerdo a la condición médica del solicitante, emite un informe, que puede ser: la jubilación por invalidez, la readaptación laboral de acuerdo a sus capacidades; o, la entrega de un subsidio transitorio, hasta por un año, período en el que dejará de laborar y continuará con el tratamiento médico para su recuperación. (I)

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